Establecen la forma en que los trabajadores acreditan ante su nuevo empleador sus remuneraciones y retenciones

El día 05 de enero de 2018, se ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 350-2017/SUNAT (la “Resolución”), mediante la cual se determina como el trabajador acreditará a su nuevo empleador las remuneraciones percibidas de su(s) anterior(es) empleador(es) y las retenciones que le hubiera(n) efectuado.

Los aspectos más relevantes de la Resolución son los siguientes:

1. Forma de acreditar las remuneraciones percibidas y retenciones efectuadas

El trabajador acreditará a su nuevo empleador las remuneraciones que hubiera percibido de su(s) anterior(es) empleador(es) y las retenciones que le hubiera(n) efectuado, conforme a lo siguiente:

  • Remitirá a través de SUNAT Operaciones en Línea el Reporte de Rentas y Retenciones al correo electrónico del nuevo empleador o entregará al nuevo empleador una representación impresa del citado reporte.
  • Adicionalmente a lo dispuesto en el inciso anterior, el trabajador deberá presentar una declaración jurada a su nuevo empleador si (a) el(los) anterior(es) empleador(s) le ha(n) devuelto retenciones en exceso, en cuyo caso en la referida declaración deberá indicar el monto devuelto, o si (b) en el Reporte de Rentas y Retenciones no se encuentra la información de la remuneración percibida y retención efectuada correspondiente al mes en el que termina la relación laboral, en cuyo caso en la declaración debe indicarse dicha información.
Cabe indicar que Reporte de Rentas y Retenciones es el reporte electrónico generado por el trabajador en SUNAT Operaciones en Línea, el cual contiene información sobre las remuneraciones y retenciones declaradas por su(s) anterior(es) empleador(es) a través del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N° 0601 que obra en los sistemas de la SUNAT al momento de su generación.

Para generar el Reporte de Rentas y Retenciones, el trabajador debe:

  • Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario o número de DNI y la Clave SOL.
  • Ubicar el rubro “Otras declaraciones y solicitudes” e ingresar a la opción “Aportes y retenciones”, luego ingresar a “Consulta de Contribuciones y Retenciones” y seleccionar el “Reporte de Rentas y Retenciones”.
  • Realizado lo anterior, el reporte se generará automáticamente en archivo de Formato de Documento Portátil (PDF).
  • Para enviar el reporte al correo electrónico del nuevo empleador, el trabajador deberá consignar la dirección electrónica de aquel al momento de su generación.
  • La dirección electrónica a que se refiere el párrafo anterior es la proporcionada por el nuevo empleador a su trabajador para dicho efecto.

2. De la verificación del Reporte de Rentas y Retenciones por el nuevo empleador

El nuevo empleador podrá verificar si el Reporte de Rentas y Retenciones ha sido emitido a través de SUNAT Operaciones en Línea, para lo cual:

  • Si ha recibido el citado reporte en su correo electrónico, deberá ingresar a SUNAT Virtual y ubicar el rubro “Opciones Sin Clave SOL”, luego ingresar a “Otras Consultas” y seleccionar “Validación de Documentos con Firma Digital” y seguir las instrucciones que señale el sistema.
  • De ser procedente la validación, el sistema generará un mensaje respecto a que el documento cuenta con la firma digital de la SUNAT, lo que garantiza que el documento ha sido generado a través de SUNAT Operaciones en Línea.
  • Si solo ha recibido una representación impresa del reporte, deberá escanear el Código QR para acceder al PDF del reporte y verificar si existe coincidencia entre la representación impresa y el PDF del reporte que visualiza, pudiendo obtener una representación impresa de este PDF.

06/01/2018 01:02:58 PM |Por: Yanira Becerra

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