Ley de Desalojo Notarial Express

Con la nueva Ley de Desalojo Notarial Express – Ley N° 30933, publicada el 24 de abril de 2019 – sólo procederán las siguientes causales para el desalojo notarial:

El vencimiento del plazo del contrato de arrendamiento; o
El incumplimiento del pago de la renta convenida.

Recuerda que para acreditar el pago de la renta, solo se considerará la constancia de transferencia o depósitos realizados a la cuenta de abono acordada en el contrato.

El arrendatario sólo podrá evitar el desalojo notarial cuando: (i) el contrato de arrendamiento se haya renovado o acreditando la transferencia o depósito de la renta, según corresponda, o (ii) se hayan incumplido las formalidades exigidas para la ejecución del desalojo notarial express.


30/04/2019 09:55:17 AM |Por: Diego Córdova

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