Entra en vigencia nuevo Reglamento de Arbitraje de Consumo

El 29 de mayo de 2019 se publicó el Decreto Supremo N° 103-2019-PCM, mediante el cual se aprobó el nuevo Reglamento de Arbitraje de Consumo (en adelante, el “Reglamento”) con la finalidad de incentivar la utilización de este mecanismo de resolución de controversias entre consumidores y proveedores.

Las principales novedades del Reglamento son las siguientes:

  • Se establece la posibilidad que las juntas arbitrales se constituyan por el INDECOPI en coordinación con personas o entidades jurídicas de derecho público y con las municipalidades.
  • Se establece como regla general que los tribunales arbitrales estén conformados por un árbitro único, salvo que las partes acuerden que este sea colegiado y que la cuantía en discusión supere las 3 UIT (S/ 12 600.00 Soles).
  • Se crea el Registro Único de Árbitros, en reemplazo del padrón de los árbitros adscritos a cada junta arbitral.
  • Se reduce el plazo de emisión del laudo arbitral a 45 días hábiles, contados desde que se admite la petición de arbitraje. Este plazo puede ampliarse de forma excepcional por uno igual si la complejidad del caso lo amerita o es necesario actuar medios probatorios adicionales.
  • Se otorga a los proveedores la posibilidad de adherirse de forma limitada al sistema de arbitraje de consumo a controversias sobre determinados productos o servicios y/o al análisis de pretensiones indemnizatorias por daño emergente y/o lucro cesante hasta determinado monto máximo.

En Reglamento entrará en vigencia el 30 de mayo de 2019.

03/06/2019 03:10:33 PM |Por: Jessica Hondermann

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