Declaración de involucrados en actos elusivos

Como es de público conocimiento, la norma antielusiva ya se encuentra vigente en el Perú. Esta norma permite a SUNAT desconocer los actos artificiosos de las empresas y aplicar la norma que hubiera correspondido a los actos usuales, exigiendo la obligación tributaria correspondiente.

 Ahora bien, SUNAT solo puede aplicar la norma antielusiva cuando se cumpla con el procedimiento especial para la aplicación de la Norma XVI Norma Antielusiva General (el “Procedimiento”) que regula el Código Tributario. 

Procedemos a comentar algunas novedades sobre la regulación del Procedimiento que se publicaron el día 31 de julio de 2019 en el Diario Oficial El Peruano:

  1. Iniciado el Procedimiento, el sujeto fiscalizado debe presentar una declaración jurada con los datos de los involucrados en el diseño o aprobación o ejecución de los actos, situaciones o relaciones económicas que originan la aplicación de la norma antielusiva general. A través de la Resolución N°152-2019/SUNAT, la Administración Tributaria establece el formato, la forma y condiciones para la presentación de la declaración. El formato de la declaración de datos se encuentra publicado en la página web “SUNAT Virtual” y podrá ser descargado aquí.
  2. La Norma XVI Norma Antielusiva General solo puede aplicarse dentro de un procedimiento de fiscalización definitiva. El órgano fiscalizador de SUNAT que desee aplicar la norma antielusiva debe contar con la opinión favorable del Comité Revisor (el “Comité´”). El Comité forma parte de la estructura de la Administración Tributaria y evaluará el informe que envía el fiscalizador y los descargos que debe presentar el contribuyente. 
  3. Mediante la Resolución N° 153-2019/SUNAT, SUNAT acaba de dictar las normas para la organización, implementación y funcionamiento del Comité, el cual se encontrará conformado por tres miembros titulares y tres suplentes. Resulta relevante mencionar que los miembros del Comité serán designados por el Superintendente Nacional de Aduanas. 










07/08/2019 12:19:36 PM |Por: Hugo Abierto

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