Impuesto a la Renta 2019: Principales alcances sobre la presentación de la Declaración Jurada Anual

Culminado el ejercicio fiscal correspondiente al año 2019 se mantiene la obligación de los sujetos que realizan actividades empresariales de presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta por sus rentas de tercera categoría (en adelante, la “Declaración”).

En ese contexto, la Resolución de Superintendencia N° 271-2019/SUNAT establece que los contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del Régimen MYPE tributario que hubieran generado rentas o pérdidas de tercera categoría podrán presentar la Declaración por los siguientes medios:

(i) Formulario Virtual N° 710 – Simplificado

Será utilizado por aquellos contribuyentes del Régimen General o del Régimen MYPE tributario, a menos que se encuentren en el ámbito de aplicación del Formulario Virtual N° 710 – Completo.

(ii) Formulario Virtual N° 710 – Completo

Utilizado solo por los contribuyentes que pertenezcan al Régimen General, siempre y cuando se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

  • Generen ingresos netos que superen las 1,700 UIT anuales.
  • Estén obligados a presentar el balance de comprobación.
  • Gocen de algún beneficio tributario. 
  • Estén obligados a presentar la Declaración Jurada informativa Reporte Local, Reporte Maestro o Reporte País por País.
  • Pertenezcan al sistema financiero. 
  • Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades.
  • Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto a la Renta. 
  • Hayan realizado operaciones gravadas con el ITF.
  • Sean parte de contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes.
(iii) PDT N° 710

Podrá ser utilizado excepcionalmente en los casos que, por causas no imputables a los contribuyentes, se encuentren imposibilitados de presentar la Declaración a través de SUNAT Virtual, utilizando el Formulario Virtual N° 710 – Simplificado o el Formulario Virtual N° 710 – Completo.

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Base Normativa: Resolución de Superintendencia N° 271-2019/SUNAT

Este documento contiene un resumen de las principales implicancias derivadas de las normas publicadas. No constituye recomendación o análisis legal de las disposiciones antes mencionadas.


04/02/2020 08:01:34 PM |Por: Luis Mendoza

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