Descuento de las pensiones de alimentos de los trabajadores

El 24 de agosto pasado se publicó el Decreto Legislativo 1377, norma que modifica y establece nuevas disposiciones que fortalecen la protección de los niños, niñas y adolescentes. Entre las nuevas obligaciones establecidas se encuentran las que deberán ser cumplidas por los empleadores, las cuales son: 

  • La autorización del descuento por planilla o por otro medio de pago del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos se establece de común acuerdo entre el empleador y el trabajador o la persona postulante.
  • La oficina de recursos humanos o la que cumpla dichas funciones, deberá informar al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) la autorización de descuento dentro del plazo de tres (3) días hábiles de realizado. 
  • Las oficinas de recursos humanos de las entidades o las que cumplan dichas funciones, verificarán semestralmente el REDAM para la suscripción o propuesta de suscripción de la autorización de retención de la contraprestación o descuento por planilla de sus remuneraciones del trabajador, según sea el caso, para el pago de la pensión alimenticia que tenga pendiente.
Si bien las modificaciones aún se encuentran pendientes de desarrollo reglamentario, su aplicación es inmediata. 


27/08/2018 11:26:14 AM |Por: Marino Aguirre

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