Facilidades laborales para miembros de mesa y electores de las próximas elecciones regionales y municipales

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, teniendo en cuenta la coyuntura electoral, ha decidido otorgar facilidades para que los miembros de mesa y electores puedan ejercer su derecho de sufragio sin desmedro de sus responsabilidades laborales. En ese sentido mediante el Decreto Supremo No. 010-2018-TR, el Ministerio de Trabajo ha establecido lo siguiente:

  • Respecto a los trabajadores que realicen jornadas ordinarias y que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación: los trabajadores de los sectores público y privado que participen en las Elecciones Regionales y Municipales 2018 no laborarán los días viernes 5, sábado 6 y domingo 7 de octubre de 2018, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto. En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador. Por su parte, en el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.
  • Respecto a los trabajadores que presten servicios en el mismo ámbito geográficos a su lugar de votación: los trabajadores cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto. Los trabajadores que actúen como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el 7 de octubre de 2018, están facultados para no asistir a sus centros de labores, siempre que presenten el Certificado de Participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, que deberá ser entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE.
  • Respecto los trabajadores que realicen jornadas atípicas: el 8 de octubre es declarado como día no laborable compensable para trabajadores que ha sido designados como miembros de mesa y que en sus centros de trabajo realizan jornadas atípicas de trabajo. Para gozar de este beneficio el trabajador debe presentar a su empleador el Certificado de Participación, antes comentado. Tampoco laborarán los viernes 5, sábado 6 y domingo 7 y lunes 8 de octubre los trabajadores que realizan jornadas atípicas de trabajo y que presten servicios en ámbitos geográficos distintos a su lugar de votación, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto.
Las presentes líneas tienen únicamente carácter informativo, por lo que, no puede ser tratado como una asesoría legal. 

06/10/2018 10:12:04 PM |Por: Oscar Chuquillanqui

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