INDECOPI precisa reglas para cobro de productos o servicios

Con motivo del retiro de circulación de la moneda de 5 céntimos, la Dirección Nacional de Protección al Consumidor del INDECOPI ha informado a los proveedores las reglas que deberán seguir para efectos del cobro por sus productos y/o servicios a partir del 01 de enero de 2019:

  • El redondeo de precios para transacciones en efectivo se deberá realizar siempre en beneficio del consumidor. Por ejemplo, si el precio de un producto es S/ 5.99, el precio a cobrar en efectivo deberá ser S/ 5.90.
  • No obstante, los proveedores pueden consultar a los consumidores si aceptan redondear el precio al decimal superior, siempre que el excedente sea destinado a una donación. Para estos efectos, los proveedores deben informar a los consumidores qué institución se beneficiará de la donación.
  • En las transacciones realizadas con tarjetas de crédito o debido, transferencias bancarias, cargos en cuenta, entre otros, el proveedor deberá efectuar el cargo por el importe exacto de la operación.
  • Los establecimientos no deberán entregar como vuelto monedas de 5 céntimos.
  • Los consumidores podrán canjear las monedas de 5 céntimos con las que cuenten de forma ilimitada y gratuita en cualquier entidad del sistema financiero, siempre que dicho canje se realice en múltiplos de 10 céntimos.

20/11/2018 03:42:37 PM |Por: Jessica Hondermann

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