Prórroga del Estado de Emergencia: SUNAT no sancionará infracciones cometidas hasta el 26 de abril de 2020

Como es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia N° 008-2020/SUNAT, SUNAT dispuso no sancionar las infracciones tributarias cometidas durante el Estado de Emergencia.

Conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus prórrogas aprobadas por Decreto Supremo N° 051 y 064-2020-PCM del 31 de marzo de 2020 y 10 de abril de 2020, respectivamente, el Estado de Emergencia rige desde el 16 de marzo del 2020 y culminará el 26 de abril del 2020.

Considerando lo anterior, a través de su portal oficial y redes sociales, SUNAT comunicó al público en general que, en concordancia con la ampliación del Estado de Emergencia decretado, prorrogará su facultad discrecional de no sancionar infracciones tributarias cometidas hasta el 26 de abril del 2020.


13/04/2020 07:09:11 PM |Por: Luis Mendoza

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