Esquemas de Alto Riesgo Fiscal

La Norma XVI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario (cláusula anti-elusiva general) norma faculta a la SUNAT para que, en los supuestos de elusión de normas tributarias y simulación, pueda realizar la determinación de la verdadera naturaleza del hecho imponible de los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los deudores tributarios.

Siendo así, con fecha 11 de octubre de 2022, la SUNAT publicó la segunda versión del Catálogo de Esquemas de Alto Riesgo Fiscal, a través del cual la referida entidad describe diversas situaciones que pueden ocasionar un potencial incumplimiento tributario y, cuando sea necesario, la aplicación de la cláusula anti-elusiva general.

El catálogo tiene como finalidad informar a los contribuyentes información útil que les permita conocer algunos esquemas que podrían dar lugar a una incorrecta determinación de la obligación tributaria o la obtención de ventajas tributarias indebidas, por lo que serían objeto de evaluación prioritaria por la SUNAT.

El catálogo establece los siguientes esquemas de alto riesgo fiscal en los que podría incurrir el contribuyente:

  1. Deducción de regalías por cesión de uso de marca.
  2. Enajenación de compañía peruana a través de un patrimonio autónomo.
  3. Redomicilio de una empresa y uso de CDI.
  4. Cesión de marcas y capitalización de créditos.
  5. Contrato de gerenciamiento.
  6. Contrato de cesión de concesión de una industria extractiva con pagos encubiertos en una compraventa resuelta de acciones.
  7. Venta y posterior recompra de vehículo bajo la apariencia de anulación de dicha venta.
  8. Enajenación directa de acciones de sociedad peruana encubierta por un aporte de capital y posterior reducción de este.
  9. Transferencia de beneficios a régimen fiscal preferencial.
  10. Préstamo con apariencia de arrendamiento financiero.
  11. Intermediación en la venta de minerales a través de una sociedad sin sustancia económica.
  12. Distribución indirecta de rentas de una entidad sin fines de lucro bajo la apariencia de pagos a un proveedor del exterior.
  13. Transferencias de inmuebles al accionista y su posterior arrendamiento por este a la misma empresa (*).
*En dicho caso, se estableció la existencia de elementos suficientes para aplicar la norma anti-elusiva general.

En este link podrá encontrar mayor detalle sobre cada esquema mencionado.

31/10/2022 05:27:33 PM |Por: Adler Vega

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